Encargo de tratamiento para centros educativos

Modelo de acuerdo de encargo de tratamiento (artículo 28 del RGPD) para centros educativos. Este texto se incorpora al contrato del Plan Aula. Léelo con tu delegado de protección de datos; si tu centro utiliza su propio modelo, lo revisamos y lo firmamos.

1. Partes

Responsable del tratamiento: el centro educativo contratante (en adelante, el Centro). Encargado del tratamiento: HOLOMENTS SL, CIF B05359062, Avenida Litoral 45, Portal I, 1.ª planta, 29680 Estepona (Málaga), info@detectordebulos.com (en adelante, el Encargado).

2. Objeto y naturaleza del tratamiento

El Encargado presta al Centro el servicio Detector de Bulos (extensión de navegador y motor de verificación) en los dispositivos autorizados por el Centro. El tratamiento consiste en analizar, de forma transitoria y sin almacenamiento, el contenido que los usuarios someten a verificación, y en gestionar la licencia del Centro (contadores de uso y dispositivos vinculados).

3. Datos tratados y categorías de interesados

  • Contenido sometido a análisis (texto de páginas web y, en su caso, audio), que puede contener datos personales de terceros según lo que el usuario decida analizar. No se almacena: se procesa y se descarta; solo se conserva un resumen criptográfico (hash) y las afirmaciones extraídas con su veredicto, sin vínculo con el usuario.
  • Identificadores técnicos de dispositivo (UUID aleatorio generado por la extensión), contadores de uso y estado de la licencia.
  • Datos de contacto de la persona responsable en el Centro (nombre, correo) para la gestión del contrato.
  • Interesados: alumnado, profesorado y personal del Centro que use los dispositivos autorizados. El Encargado no identifica a los usuarios individuales.

4. Obligaciones del Encargado

  • Tratar los datos únicamente conforme a las instrucciones documentadas del Centro y para prestar el servicio contratado.
  • No comunicar los datos a terceros salvo obligación legal. El análisis se ejecuta en infraestructura contratada por el Encargado en la Unión Europea (Oracle Cloud, región eu-madrid-1). Cualquier subencargado se comunicará al Centro con antelación, que podrá oponerse.
  • Garantizar que las personas autorizadas se comprometen a la confidencialidad.
  • Aplicar las medidas de seguridad del artículo 32 del RGPD: cifrado en tránsito, claves de licencia almacenadas como hash, no persistencia del contenido analizado, control de acceso y copias de seguridad de los datos de licencia.
  • Asistir al Centro en la atención de los derechos de los interesados y en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad, notificación de brechas y evaluaciones de impacto.
  • Notificar al Centro sin dilación indebida, y en todo caso en un plazo máximo de 48 horas desde que tenga constancia, cualquier violación de la seguridad de los datos.
  • Poner a disposición del Centro la información necesaria para demostrar el cumplimiento y permitir auditorías con preaviso razonable.
  • Al finalizar el contrato, suprimir los datos de licencia del Centro en un plazo de 30 días, salvo obligación legal de conservación.

5. Obligaciones del Centro

  • Disponer de base jurídica para el tratamiento e informar al alumnado, a sus familias y al personal del uso de la herramienta.
  • Decidir en qué dispositivos se instala y bajo qué supervisión, y no someter a análisis contenido con datos especialmente protegidos salvo que sea imprescindible.
  • Comunicar al Encargado cualquier instrucción que afecte al tratamiento.

6. Duración

La del contrato del Plan Aula, incluidas sus renovaciones. Las obligaciones de confidencialidad subsisten tras su finalización.

Para firmarlo o adaptarlo: info@detectordebulos.com.